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Friday, December 11, 2015

LA FISCALÍA Y LOS DERECHOS CIUDADANOS EN CUBA Proteger lo más humano de nuestra especie



El 10 dediciembre está marcado en el calendario como una fecha de especial significación. Ese día, pero de 1948, se dio a conocer al mun­do la Declaración Universal de los Derechos Humanos
9 de diciembre de 2015 23:12:50
Las personas que entran dentro del sistema penal cubano tienen plena garantía de sus derechos. Foto: Yander Zamora Vídeo
El 10 de diciembre está marcado en el calendario como una fecha de especial significación. Ese día, pero de 1948, se dio a conocer al mun­do la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
En Cuba, este tema ha sido prioritario cual manual de cabecera de la Revolución y gran cuota de responsabilidad en la concreción de ese desvelo le corresponde a la Fiscalía General de la República (FGR). Ese es el motivo de la conversación con el máximo representante de esa importante institución cubana, el Fiscal Generalde la República Darío Delgado Cura.
—¿Por qué es prioridad consagrada y desvelo político la protección de los derechos humanos en Cuba? Y en este sentido, ¿cuánto marcó el 1ro. de enero de 1959 la realidad ciudadana?
—La protección de los derechos humanos en Cuba está en la esencia misma de la Re­volución cubana y en el ideario de nuestro Hé­roe Nacional, José Martí, quien dijo: “Yo quiero que la ley primera de nuestra república sea el culto de los cubanos a la dignidad plena del hombre”.
“El ser humano en nuestro país está en el centro de atención del Estado y el Gobierno. Toda la obra de la Revolución está impregnada de profundo humanismo y preocupación porque a cada persona se le respeten todos sus de­rechos. El pueblo es lo primero, por lo tanto, lo­grar para él toda la justicia y amparo es decisivo.
“Fidel, en su histórico alegato de autodefensa La historia me absolverá, que fue el programa revolucionario, definió lo que para él significaba pueblo, anhelante de ‘una Patria mejor, más digna y más justa (…) movido por ansias de justicia’.
“Cada vez que vamos a analizar, a evaluar, a repensar cómo en nuestro país se protegen los derechos de los ciudadanos, se atienden a estos y se salvaguarda lo que les resulta importante, siempre tenemos que remitirnos a los orígenes de la Revolución. Son cuantiosos los resultados después del 1ro. de enero de 1959, ante todo el empeño por el cumplimiento del Programa del Moncada, y diferentes proyecciones a lo largo de estos años.
“Pero de todo lo que se ha hecho, que es mucho, baste destacar al menos tres grandes conquistas: el acceso universal a la educación, las potencialidades del sistema de salud pública y la seguridad ciudadana. Y lo decimos así, categóricamente, con toda responsabilidad, por­que conocemos otras realidades en el mundo”.
—¿Qué derechos garantizan las instituciones del Estado a los ciudadanos cubanos?
—Garantizan la realización de todos sus de­rechos humanos, desde los más elementales o prioritarios, como son el derecho a la salud y la educación.
“Desde la Constitución de la República se reconocen otros derechos que tienen su materialización en diversas legislaciones especiales y en la práctica, como el derecho al trabajo y al descanso remunerado, a la participación, la se­guridad y asistencia social, la educación física, el deporte y la recreación sana, el derecho a la libertad de palabra conforme a los fines de la sociedad socialista, así como los derechos de reunión, manifestación y asociación.
“Además, se reconoce, respeta y garantiza la libertad de conciencia y de religión. También el derecho a la inviolabilidad de la persona, de la correspondencia y del domicilio, y el de quej­a o reclamación”.
—¿Cuáles son las potencialidades del sistema de protección de los derechos humanos en Cuba y qué recursos legales amparan a sus ciudadanos si estos sienten vulnerados tales derechos?
—Ese sistema tiene en Cuba la fortaleza de que está respaldado por el Estado, lo que significa que es un objetivo y prioridad de este ga­rantizar el ejercicio efectivo de los derechos y garantías de todas las personas. Ello asegura que, desde el ejercicio del poder, todas las instituciones estatales tengan esa obligación, de lo cual deben rendir cuentas.
“Ante violaciones de sus derechos en cualquier ámbito, las personas tienen los recursos legales y procedimientos previstos que le facilitan reclamar frente a las autoridades administrativas y judiciales, en función de su restitución.
“El mencionado derecho de queja es una de esas garantías y es muy utilizado por nuestros ciudadanos, quienes se dirigen por ese motivo tanto a la Fiscalía como a las oficinas de Aten­ción a la Población de los diferentes organismos, en el Comité Central y en el Consejo de Estado.
“En el caso de la FGR, la Constitución de la Re­pública en su artículo 127 la distingue como: ‘el órgano del Estado encargado del control y la preservación de la legalidad, sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Cons­titu­ción, las leyes y demás disposiciones legales…’.
“Por esa razón, entre otros objetivos y funciones de la institución, nuestra ley orgánica (Ley 83, del 11 de julio de 1997) prevé que debe actuar ante violaciones de los derechos constitucionales y las garantías legalmente establecidas, y frente a las infracciones de la legalidad (…) exigiendo su restablecimiento, así como atender las reclamaciones que presenten los ciudadanos sobre presuntas transgresiones de sus derechos.
“Y dentro de las funciones fijadas en dicha ley, se regula que la Fiscalía, a través del fiscal designado atiende, investiga y responde las de­nuncias, quejas y reclamaciones que en el or­den legal formulan los ciudadanos. Con tales fines, se atiende a la población diariamente en todas las instancias de la institución, ofreciéndole a la persona la orientación que requiere o recibiendo por escrito la queja que pretende se investigue, por considerar que se ha vulnerado su derecho.
“También establecimos una línea de teléfono directa para la comunicación con los ciudadanos, canal que ha tenido gran aceptación y concurrencia de llamadas”.
“A pesar de todo lo expuesto, aún se manifiestan indolencias, falta de sensibilidad y mo­rosidad en directivos, funcionarios y empleados, que no escuchan, no atienden, no resuelven y no responden los planteamientos y problemas de los ciudadanos, de los que hay múltiples ejemplos que se publican en nuestros medios de prensa y en otros espacios. En nuestra propia institución todavía falta para hacer las cosas mejores, y para ello permanentemente nos en­cargamos de que la sensibilidad y profesionalidad de nuestros fiscales le permitan cumplir mejor sus misiones y preservar la confianza del pueblo en sus instituciones”.
—¿De qué manera se garantizan los derechos de los menores cuyos padres han perdido su guarda y cuidado?
—En Cuba, un lugar especial es para las ni­ñas, niños y adolescentes. El Estado realiza todos los esfuerzos para garantizar el ejercicio pleno de sus derechos, estén o no bajo la guarda y cuidado de sus padres. En el caso de los menores de edad cuyos padres hayan sido privados o suspendidos de la patria potestad, reciben la atención por otro miembro de la familia que se determine por el tribunal municipal po­pular competente, previa su designación como tutor, mediante el procedimiento previsto a esos efectos, que es el de tutela, cuya solicitud co­rresponde realizar al fiscal.
“En el caso de que un niño tenga que ser acogido por una institución de asistencia social (círculos infantiles mixtos u hogares para niños sin amparo familiar), se les considera tutores entonces a los directores de esos centros.
“De hecho, existe una red nacional que in­cluye los dos tipos de centros mencionados, que fue constituida mediante el Decreto-Ley No. 76, en 1984, y está concebida para la protección de aquellos menores que, por diferentes razones, han quedado sin el abrigo de su familia. Dicho sistema se encuentra presente en todos los municipios y provincias.
Darío Delgado Cura, Fiscal General de la República de Cuba. Foto: Yaimí Ravelo
“Este es un tema muy importante. Incluso tiene determinadas regulaciones, como hasta qué edad puede estar un niño, adolescente o joven, en estas instituciones de la red. Y se pre­vé, asimismo, la familia sustituta que puede aco­ger a estos niños. Esto es un proceso que requiere de investigación, para que la familia sus­tituta sea una familia con cualidades ético morales, posibilidades, y demás requisitos, to­do un entramado que tenemos en el país de manera tal que el niño no esté desprotegido.
“Hay toda una organización en el Estado de modo que esas unidades están presupuestadas y reciben un dinero para ayudarlos, porque esos niños y niñas, adolescentes y jóvenes también quieren y deben disfrutar de la vida. El Es­tado y sus representantes se preocupan por ellos y asumen ahí la función de madre y padre. No se deja indefenso y se trata de que en su desarrollo y evolución, respecto a aquellos que sí tienen y son atendidos por sus padres, no se sientan discriminados ni disminuidos por no tener quienes puedan satisfacer sus intereses materiales y es­pirituales. Y eso es a pesar de to­das las limitaciones económicas que tiene el país.
“Ahora bien, hay menores de edad que transgreden la ley, y no son sujetos de delito porque no han alcanzado la edad penal (en Cuba es de 16 años), por tanto, hasta entonces ese menor no puede ser presentado a un tribunal penal.
“Si transgreden la ley, hay un sistema, sobre todo para atenderlos y reubicarlos. La inmensa mayoría de estos niños y adolescentes transgresores provienen de familias disfuncionales y pudiéramos decir que también han sido víctimas del abandono de los padres, entonces el Estado ha tenido que ocuparse de ellos.
“Existe un sistema en la nación diseñado para ello, integrado por el Consejo de Atención a Menores, que pertenece al Ministerio de Edu­cación, y otro (de igual nombre), atendido por el Ministerio del Interior (Minint). Ambos es­tán concebidos para cumplir sus funciones en determinados momentos de la vida de ese niño, y cuentan con escuelas de conducta, con régimen externo e interno, y escuelas de formación integral, donde previo a su ingreso de­be realizarse una evaluación de psicólogos, pedagogos, especialistas y profesionales sobre lo   que es más conveniente para él.
“Como resultado de esa evaluación se decide a qué lugar va el menor y por qué tiempo, pues en las escuelas de formación integral hay un tope, un límite de edad. Lo mismo ocurre con los círculos infantiles mixtos y los hogares de niños sin amparo familiar. En todo ello debe estar el fiscal presente, obligado a supervisarlos y a controlarlos sistemáticamente, exigiendo la protección de los derechos de ese menor de edad”.
—Sobre la violencia de género (en todas sus dimensiones) como problema social y violación de los derechos humanos… Dado el bajo índice de denuncia en Cuba por parte de las mujeres y niñas víctimas, ¿considera que debe rediseñarse el enfoque de tratamiento en la cadena de instituciones involucradas, cuando llegan a estas y se asume como un problema “entre marido y mujer”, que no admite terceros?
—Institucionalmente, estatalmente, las mu­jeres y niñas están protegidas. O sea, como po­lítica está concebido su diseño, el apoyo de la FMC y de todas las instituciones en general del país, que tienen conciencia y se ocupan del te­ma. Sin embargo, a nivel del ciudadano esto no opera igual.
“Nosotros somos conocedores de una cifra, no significativa pero que sí llama la atención, que es la denuncia que realiza la mujer por el delito de amenaza, contra un hombre del que resulta víctima.
“Y en ocasiones esta amenaza va acompañada de violencia.
“Actos violentos que no solamente tienen que ser físicos. A veces nos confundimos y pensamos que violencia es solamente la física. Está la violencia física, esa que tiene expresión en la magulladura, la lesión, que puede ser grave o leve. A veces los juristas, los operadores, la Policía, decimos: ‘no, no es antijurídica la lesión. Y el Código Penal dice…’ Y entonces entramos en tecnicismos y realmente no protegemos a la mujer.
“Eso depende también de los territorios. Has­­ta esa idiosincrasia es importante. No po­cas veces la mujer es amenazada y es violentada. Y sobre todo de manera humillante, agresiva des­de el punto de vista verbal, que es vejada y ofendida, o simplemente no es tenida en cuenta.
“En esto tenemos que trabajar mucho. Es un te­­ma que, a mi modo de ver, resulta una asignatura pendiente. El problema comienza incluso desde el hogar, después sigue en la es­cuela, y después continúa en la vida. Porque son muy pocos los casos donde la mujer violenta al hombre, aunque los hay.
“Con aquellas cosas viejas de que la mujer es el sexo débil, que para nosotros no lo es, pero realmente hay determinados estigmas sociales y hay cierto machismo en la población, los cuales hay que seguir combatiendo.
“Por ejemplo, la compañera Vilma es un pa­­radigma de la defensa de los derechos de la mujer. Cada vez que vayamos a hablar del te­ma, hay que hablar de ella obligatoriamente. Todo lo que hizo. Un Código de Familia que tie­ne Cuba, que es algo privilegiado, y que sin embargo ya está para evaluar y revisar otra vez.
“Estamos trabajando en todos los temas le­gislativos que puedan contribuir a ello. Pero las normas por sí solas no resuelven los problemas, hay que seguir con una labor de educación desde el hogar con los padres, luego en las escuelas, y después en todos los escenarios”.
—¿De qué derechos disponen los ciudadanos cubanos privados de libertad?
—El sistema penitenciario cubano se caracteriza por ser respetuoso de los derechos de los internos, los cuales se consignan en la preceptiva legal y reglamentaria, y tienen concreción práctica en la obra de la Revolución, a pesar de las limitaciones materiales. Por lo que podemos hablar de libertad, dignidad, no discriminación e igualdad.
“Entre sus derechos están: la aplicación im­parcial de las normativas existentes, el respeto a su integridad física, el derecho a visitas, recibir permisos de salida al hogar, a ser conducidos a instalaciones hospitalarias o funerarias en caso de enfermedad o fallecimiento de al­gún familiar, a disponer de alimentos con el ni­vel calórico establecido.
“Recibir asistencia médica, enseñanza ge­neral y capacitación con los correspondientes certificados acreditativos, obtener rebaja de sanción por año cumplido, debido a la buena conducta, y avanzar en régimen y que se le pro­ponga libertad anticipada cuando proceda, devienen otros de los derechos contenidos en una amplia lista de garantías por parte del Es­tado hacia el interno, donde no falta el reconocimiento de su posibilidad legal de reclamar ante cualquier medida disciplinaria impuesta, que se le ofrezca asistencia religiosa y la remuneración económica por el trabajo realizado en el centro penitenciario donde se encuentre.
“Vale reconocer, además, toda la atención es­pecial que se les concede a las internas a las que se les presenta el parto en un establecimiento penitenciario, y las garantías para ma­dre e hijo”.
—Se ha politizado mucho, desde campañas mediáticas en el extranjero, acerca del tratamiento que se les da a los internos en nuestro sistema penitenciario, esencialmente a cubanos autodenominados “disidentes” y a los extranjeros sancionados…
—La Ley cubana es aplicable a todos, sea cu­bano o sea extranjero. Es aplicable tanto pa­ra sancionar, como para proteger. Por tanto, los extranjeros que están sancionados en Cuba son también objeto de la protección de nuestro sistema penitenciario y de la Fiscalía. Transita por la misma vía.
“Si algún extranjero dice que sus derechos han sido violentados por el sistema penitenciario en Cuba, no es verdad. Ahora, usted no puede vivir en una prisión, como vive en la ca­lle, es obvio, pero los extranjeros tienen en Cu­ba el mismo tratamiento que los cubanos, incluso (…) a veces es hasta deferente. Hay incluso centros penitenciarios que son para extranjeros nada más. Fíjate hasta dónde llegamos, también los reglamentos.
“El extranjero en Cuba es considerado en la atención, porque como sabemos, en la mayoría de los casos, la familia no radica en el país. Reciben atención consular y, además, está previsto el traslado a su nación de origen, en caso de cumplirse con los requisitos establecidos.
“Nos hemos encontrado casos de personas extranjeras que no han querido ir a cumplir la sanción a su país. O sea, la embajada quiere, la familia también, y él no. ¿Por qué será? Habría entonces que replantearse por qué quieren quedarse en Cuba, a cumplir las sanciones y no allí.
“En muchas partes del mundo las prisiones están en manos de los presos, en Cuba no pasa eso. Aquí se escoge el Consejo Disciplinario, se hace un Consejo de Familia, porque la familia interactúa en la evolución del interno, de su conducta, de su reeducación. La familia cubana participa en ello. Pero en Cuba no hay matonismo en la prisión, hay internos de extrema violencia como en cualquier lugar, pero están muy bien controlados.
“Por otro lado, a veces se dice que aquí hay presos políticos. No los hay, y voy a explicar por qué. De los extranjeros que están sancionados en Cuba (que es una cifra muy pequeña), hay una parte que es por delitos comunes. Y existen otros, muy pocos, que están vinculados con delitos de carácter no común, como son los te­rroristas, o alguno que (pagado por una potencia) vino a Cuba a subvertir el orden político.
“Respecto a la mayoría de aquellos que se autotitulan disidentes, son presos comunes que han sido atraídos por las organizaciones contrarrevolucionarias, internas o externas, y reciben un pago directo o indirecto. Pero no son presos de conciencia, porque si lo fueran, actuarían de otra manera”.
—Y de cara al futuro, ¿qué desafíos tocan las puertas de la Fiscalía en su misión-gestión de velar por que se respeten los derechos de cada ciudadano?
—De cara a las transformaciones y desarrollo de nuestro país, existen retos para todas las instituciones (…). Todos hemos ido avanzando, pero tenemos que seguirnos replanteando estos temas. Se revisan un grupo de normativas jurídicas, actualizándolas y proponiéndolas, y se irá progresando gradualmente en ello. Pero hay un trabajo intenso, muy serio, en ma­teria legislativa para que el país pueda llegar a lo que nos proponemos, en todas las materias.
“Cuba es un estandarte en muchos lugares del mundo. Nosotros avanzamos en todos los aspectos esenciales, y eso que las limitaciones materiales son muchas e importantes. Lo que tenemos que eliminar son las subjetividades, aquellas sutilezas que a veces están presentes y que nos afectan. Pero institucionalmente el país está preparado y se está preparando mejor para resolver estos desafíos en los nuevos escenarios.
“El reto es inmenso, pues nos corresponde por mandato constitucional controlar y procurar el respeto de la legalidad, que es equivalente a la garantía del ejercicio pleno de los derechos por cada uno de nuestros ciudadanos. Y ello, unido al esfuerzo por acercar, cada vez más, la Fiscalía a nuestra gente”.

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