Columnas

Wednesday, October 19, 2005

ASESINO bLOQUEO CONTRA CUBA

INFORME DE CUBA AL SECRETARIO GENERAL SOBRE LA RESOLUCIÓN 59/11 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LA NECESIDAD DE PONER FIN AL BLOQUEO ECONÓMICO, COMERCIAL Y FINANCIERO IMPUESTO POR LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CONTRA CUBA

La extraterritorialidad en la política de bloqueo
La falsedad del cínico empeño del Gobierno de los Estados Unidos de presentar la política de bloqueo contra Cuba como un asunto exclusivamente bilateral, se ha visto fehacientemente demostrada por las afectaciones a numerosos Estados, ciudadanos y empresas de terceros países provocadas por las disposiciones extraterritoriales del bloqueo, de las que no han logrado sustraerse siquiera organizaciones internacionales del sistema de las Naciones Unidas.
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Acentuación del bloqueo por la creciente participación de los EE.UU. en la economía internacional
Los daños provocados por el carácter extraterritorial del bloqueo se multiplican por la importante participación de los EE.UU. y sus empresas en el comercio y las inversiones transnacionales. Los EE.UU. controlan el 45% de las principales empresas transnacionales del orbe, incluidas 8 de las 10 principales. También son la principal fuente de inversiones del mundo. De 125 mil millones de dólares invertidos en el exterior en el 2002, pasaron a 152 mil millones de dólares en el 2003. La proporción de la participación norteamericana en la inversión extranjera directa en el mundo creció en ese período del 19% al 25 %[1]. EE.UU. es el primer importador de mercancías a nivel internacional (21,9 %) y es líder en el intercambio comercial de servicios en el mundo.
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Tanto las inversiones de empresas de terceros países en los EE.UU., como las norteamericanas en el exterior, fundamentalmente en la forma de fusiones y adquisiciones totales o parciales de empresas, agravan el impacto extraterritorial del bloqueo, al reducir el espacio económico externo de Cuba y hacer más difícil, a veces imposible, la búsqueda de socios y suministradores para sortear el férreo bloqueo norteamericano.
A continuación algunos ejemplos:
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Sanciones civiles impuestas por la OFAC contra compañías, instituciones bancarias y ONGS
En el 2004, un total de 77 compañías, instituciones bancarias y ONGS de diversas partes del mundo fueron multadas por acciones consideradas violatorias de las regulaciones del bloqueo. El monto de las multas aplicadas por violar solamente el bloqueo contra Cuba fue de 1 millón 262 mil dólares.

De las entidades multadas, 11 son empresas extranjeras o subsidiarias de compañías norteamericanas radicadas en terceros países, como México, Canadá, Panamá, Italia, Reino Unido, Uruguay, Bahamas e Indias Occidentales Británicas (Anguila). Otras siete, como Iberia, Alitalia, Air Jamaica, Daewoo y el Banco de China, fueron sancionadas alegándose que sus filiales en los Estados Unidos violaron determinadas disposiciones del bloqueo contra Cuba. Ocho de ellas pagaron multas superiores a 50 mil dólares.

Entre las multas más significativas impuestas en el 2004 destacan:
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La extraterritorialidad en las afectaciones al comercio exterior y a las inversiones

La extraterritorialidad en las afectaciones al comercio exterior y a las inversiones.

Se estima que en el año 2004 las afectaciones al comercio exterior cubano provocadas por el bloqueo alcanzaron 822,6 millones de dólares, cifra que supera la suma del año anterior en 57,2 millones de dólares.

El monto mayor de las afectaciones identificadas estuvo asociado a la aplicación de regulaciones extraterritoriales, calculadas en 380 millones de dólares, aunque continúa teniendo una gran incidencia la imposibilidad de acceder al mercado estadounidense, según se demuestra en los siguientes gráficos.
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Afectaciones en el desarrollo de la inversión extranjera y la colaboración económica.
Cuba no puede recibir inversiones norteamericanas ni créditos para el desarrollo de las principales instituciones financieras y monetarias norteamericanas e internacionales.
En el año 2004, el Banco Mundial asignó 5 mil 300 millones de dólares a América Latina y el Caribe, mientras el BID desembolsó 4 mil 232 millones de dólares para programas de desarrollo en la región. Ni un centavo de esos recursos financieros fue entregado a Cuba. En el caso del BID, si se tomara como referencia la suma obtenida por una economía similar a la cubana en cuanto a Producto Interno Bruto y población –como Ecuador–, Cuba habría tenido acceso a aproximadamente 48,8 millones de dólares de financiamiento blando si no existiera el bloqueo.
En el año 2003, Estados Unidos concedió 1 818 millones de dólares por concepto de Ayuda Oficial para el Desarrollo (AOD) a América Latina y el Caribe. Cuba no recibió beneficio alguno de estos flujos.
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La Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Consolidadas Suplementarias y de Emergencia de los Estados Unidos de 1999 y las nuevas agresiones en el tema marcario.
Por séptimo año consecutivo, Cuba denuncia ante las Naciones Unidas la aplicación por parte del Gobierno de los Estados Unidos de la Sección 211 de la Ley Ómnibus de Asignaciones Consolidadas Suplementarias y de Emergencia, que impide a los titulares cubanos o sus sucesores, entre ellas las empresas extranjeras con intereses en Cuba, el reconocimiento y disfrute en el territorio de los Estados Unidos de sus derechos sobre marcas o nombres comerciales registrados y protegidos en Cuba, vinculadas a antiguas propiedades nacionalizadas por el Gobierno cubano.
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Ejemplos de afectaciones por la aplicación extraterritorial del bloqueo
La persecución feroz contra cualquier empresa o institución comercial o bancaria extranjera que establezca o pretenda establecer relaciones económicas, comerciales o financieras con instituciones cubanas, ha continuado marcando negativamente este período y se ha hecho sentir en todas las esferas de la vida del país.

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