Columnas

Thursday, March 27, 2014

Cuba Ley para la Inversión Extranjera








    ¿Cuál ha sido el  procedimiento que ha seguido el país para la elaboración y
discusión del  nuevo proyecto de ley de  inversión extranjera? ¿Cómo han sido tomadas  en cuenta las preocupaciones de los diputados cubanos? A estas y otras preguntas se acerca lacolega
    María del Carmen Ramón.             
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   El proyecto de Ley para la Inversión extranjera en Cuba  ha suscitado un enorme interés en la población cubana. En varios  lugares de la geografía nacional, en los espacios para comentarios de  distintos medios de comunicación online, así como en el foro abierto por Cubahora [http://www.cubahora.cu/foros/inversion-extranjera-en-cuba-sus-retos],  ha sido recurrente encontrar un enriquecedor intercambio de ideas,  preocupaciones y
expectativas ante el contenido de una de las leyes  cruciales para el desarrollo conómico y social del país.          
Uno de los puntos que más despertó el interés general fue el camino  recorrido para la elaboración y aprobación del documento, desde momentos  claves como su
redacción, discusión, revisión y aprobación final.     
La pasada semana varios medios de comunicación informaban que el Anteproyecto  estaba siendo sometido a un proceso de debate con los diputados. Según  datos ofrecidos por José Luis Toledo Santander, presidente de la  Comisión permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular que  atiende los Asuntos Constitucionales y Jurídicos, la ley fue debatida en  cinco encuentros regionales, en los cuales coincidieron 565 diputados  de todas las provincias del país, y varias decenas de invitados. Esta  cifra representó el 92 por ciento de los diputados de la nación.
        Pero, antes de presentar este anteproyecto a los diputados ¿cuál fue  el procedimiento seguido para su elaboración?, ¿Qué tiene de novedosa  esta Ley en comparación con la vigente, la Ley 77 [http://www.gacetaoficial.cu/html/leyinversionextranjera.html], de
noviembre de 1995?          
Al consultar la Constitución de la República de Cuba http://www.cuba.cu/gobierno/cuba.htm]  y analizar el procedimiento seguido por la
Asamblea Nacional, se puede  advertir una coherencia entre lo estipulado por
la carta magna del país y  la práctica seguida en la confección y aprobación de este nuevo  instrumento jurídico.
    De acuerdo con el artículo 75º de la Constitución, aprobada en  referendo popular en 1976 por el 97 por ciento de la población, “es  atribución de la Asamblea Nacional del Poder Popular: aprobar, modificar  o derogar las leyes y someterlas previamente a la consulta popular  cuando lo estime procedente, en atención a la índole de la legislación  de que se trate”. A su vez, el artículo 84º plantea que “los diputados a  la Asamblea Nacional del Poder Popular tienen el deber de desarrollar  sus labores en beneficio de los intereses del pueblo, mantener contacto  con sus electores, oír sus planteamientos, sugerencias y críticas, y  explicarles la política del Estado. Asimismo, rendirán cuenta del  cumplimiento de sus funciones, según lo establecido en la ley”.
       
De modo que la concepción de los diputados como representantes  legítimos de los intereses del pueblo y la confianza de las masas en  ellos es crucial para entender el carácter democrático de estas  prácticas en Cuba. Quizás en ello esté la respuesta que muchos  ciudadanos han esperado en torno a por qué la ley no ha estado a  disposición de todos, y a por qué no se efectuó u proceso de discusión  en las diversas entidades laborales. Aunque claro, siempre será clave el  desafío de multiplicar los intercambios de diputados con el pueblo,  como única vía para garantizar una mayor participación
social en la  concepción de los destinos de la Patria.
       José Luis Toledo Santander explicó que, antes de llegar a los  períodos ordinarios y extraordinarios, hay un trabajo muy intenso con  todos los diputados y especialistas, que permita llegar a un consenso  sobre cómo darle solución a cada tema. “Si no hiciéramos eso así no  podríamos legislar, pues la dirección nacional nuestra tiene la  siguiente característica: no somos un órgano permanente, nuestros  diputados son personas en
sus cargos, no como ocurre en otros países del  mundo que lo único que hace una persona es legislar”.
     La Constitución plantea que la Asamblea Nacional del Poder Popular  se reúne en dos períodos ordinarios de sesiones al año y en sesión  extraordinaria cuando lo solicite la tercera parte de sus miembros o la  convoque el Consejo de Estado. De acuerdo con Toledo, “si en ese tiempo  no tenemos debidamente avanzados las leyes y los acuerdos que se vayan a  someter a la discusión de la Asamblea, no aprobaríamos ninguna
ley.  Este es un estilo de trabajo que viene dado por las características que  tiene el órgano de diputados cubanos”.

     LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA PASO A PASO
          Las condiciones económicas actuales apuntan hacia la necesidad de  repensar la política vigente en materia de inversión extranjera, y  potenciar el acceso de Cuba a nanciamiento externo, tecnologías y  nuevos mercados, pero desde el principio de
tributar a la concepción de  un Socialismo Próspero y Sostenible.       

        El objetivo de la nueva Ley es asegurar que la atracción del capital  extranjero contribuya a la recuperación de la economía nacional y al  desarrollo social del país sobre la base de la protección y el uso  racional de los recursos humanos y
naturales y del respeto a la  soberanía e independencia nacionales.

     La nueva propuesta de Ley se rige en primer término por los Lineamientos Económicos y Sociales
 aprobados por el VI Congreso del PCC en 2011, en especial por los  apartados del 96 al 107, dedicados al sector externo, y otros 40  lineamientos que apuntan de una
manera u otra la inversión extranjera.        

        En  el encuentro con la prensa, el diputado Toledo Santander expuso que el  presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Esteban Lazo,  designó dos comisiones para trabajar en el proceso de redacción y de  conformación de la ley: la  de asuntos económicos y asuntos  constitucionales y jurídicos.      

        La política fue elaborada por un  grupo de trabajo constituido por 22 organismos y entidades nacionales,  además contó con  un estudio detallado de los antecedentes de la 
inversión extranjera, de la ley vigente y experiencias que ha tenido el  país en casi 20 años de aplicación de la ley 77, el análisis comparado  entre el marco regulatorio nacional e internacional.       

        Por su parte,  Déborah Rivas, directora general de Inversión del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (Mincex), a partir del estudio se elaboró un diagnóstico, una  estrategia y una política que ganará cuerpo legislativo, una vez  aprobada por los diputados.       

     Toledo explicó que luego de evaluada  la constitucionalidad del primer proyecto, se propuso la designación de  dos especialistas para asesorar la Comisión, una práctica que, según  argumentó, se está siguiendo actualmente, por la necesidad de combinar  la teoría con los conocimientos de quienes están en las universidades y  la práctica cotidiana.      

    En las reuniones de trabajo con los  diputados se emitieron 47 planteamientos, 30 de estos para esclarecer  dudas y preocupaciones,  mientras que 17 pretendían  modificar el  contenido de la norma. Siete de estas propuestas fueron acogidas e  incluidas en el proyecto y 10 se desestimaron desde el punto de vista  técnico.       

   Antes de que este sábado se reúna en sesión  extraordinaria la Asamblea Nacional del Poder Popular, el documento será  nuevamente sometido a examen, en una reunión conjunta de la comisión de  Asuntos económicos y la de Asuntos constitucionales y jurídicos. Este  será el momento en que los diputados concertarán los dictámenes que  presentarán a la Asamblea en pleno.       

        ESENCIAS DE UNA LEY       

        Entre  las novedades que aporta la nueva Ley de Inversión Extranjera aparece  su Reglamento, un instrumento del que careció la vigente Ley 77 y que  explica al inversionista extranjero todo lo que debe hacer para  concretar sus objetivos.       

        Ofrece mayores incentivos para atraer  el capital extranjero pues, según el proyecto legislativo, Cuba puede insertar productos y servicios criollos en cadenas internacionales de valor,  generar otros efectos positivos hacia la industria doméstica;  diversificar y ampliar los mercados de exportación, el acceso a  tecnologías de avanzada y la sustitución de importaciones, crear nuevas  fuentes de empleo, e impulsar el necesario cambio de matriz energética  mediante el aprovechamiento de energías renovables.       

        Además, prevé  para los inversionistas foráneos un régimen especial de tributación muy  ventajoso, pues exime del pago del impuesto sobre los ingresos  personales a los inversionistas extranjeros socios en empresas mixtas, o  partes en contratos de asociación económica internacional, por los  ingresos obtenidos a partir de los dividendos o beneficios del negocio.  También se les aplicará a estos y a los inversionistas nacionales un  tipo impositivo del 15 por ciento sobre la utilidad neta
imponible.        

  La  última palabra quedará dicha este sábado; pero lo que sí está claro es  que los desafíos de Cuba hoy caminan en diversos rumbos. Si bien la  inversión extranjera es
un paso imprescindible dentro del reordenamiento  actual, será el conjunto de las transformaciones en toda la sociedad lo  que marcará un rumbo diferente para la economía cubana.       

    Es  este un tema no acabado y del que conoceremos más en la medida en que  se implemente la ley, pero las mayores preocupaciones apuntan hoy hacia  cuánto podría beneficiar la ley al desarrollo económico y social cubano  y cuánto podría tributar a la construcción de un socialismo próspero y  sostenible.  Sobre cómo los principios y
artículos de la ley están  encaminados hacia este propósito les estaremos brindando detalles en un  próximo trabajo.       
Inversión extranjera: colocación de capital en búsqueda de una ganancia futura. A la hora de invertir, es necesario contemplar tres variables: el rendimiento qué se espera, el riesgo aceptado y el horizonte temporal.
  PIB en Cuba



  • 2013: 2.7%, inferior al 3.6% previsto en el Plan de la Economía.
  • Previsión 2014: 2.2%, debido fundamentalmente a los pronósticos de caídas de precios en rubros exportables como el azúcar y el níquel, y alza del costo de los alimentos en el mercado mundial.
  Desaceleración de las inversiones en 2013: De un 16% en el primer semestre a 7.1% al finalizar el año. El incuplimiento del Plan de la Economía fue de 14.7%.
  Afectaciones del Bloqueo impuesto por Estados Unidos a las inversiones exranjeras en Cuba: Según el Informe presentado por Cuba ante la Asamblea Nacional en julio de 2013 sobre la Resolución 67/4), se pueden citar
  • Impedimento a la tecnología de punta que poseen empresas estadounidenses.
  • Negación al  mercado estadounidense para las exportaciones de empresas cubanas.
  • Restricción a financiamientos provenientes de bancos estadounidenses para el desarrollo de las inversiones extranjeras directas en el país. 
  • Encarecimiento de las finanzas que se obtienen por tener que realizarlos en monedas diferentes al dólar estadounidense, lo que incrementa los costos y retrasa los procesos inversionistas.
  • Aumento de los costos de flete y transportación marítima. 
  • Aplicación de sanciones extraterritoriales y se ejercen presiones a empresas extranjeras, lo que impide el establecimiento de negocios conjuntos en Cuba.
  • En el caso de la industria petrolera, el bloqueo provoca el encarecimiento de los contratos con las compañías dueñas de plataformas perforadoras, pues las tecnologías que utilicen no pueden tener más de un 10% de componentes norteamericanos.
  El año 2013 concluyó con un favorable expediente de pago puntual de las deudas previstas y un proceso positivo de renegociación que debe repercutir positivamente en la credibilidad externa del país.

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